Minvu obliga a que nuevos edificios tenga a lo menos un estacionamiento de bicicletas por cada dos de autos

Hasta antes de ese decreto, se exigía 1 estacionamiento de bicicletas por cada 10 de autos.

Importantes modificaciones a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones fueron introducidas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), en materia de ciclovías y estacionamientos para bicicletas.

Decreto que ya fue firmado por la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, y publicado en el Diario Oficial hace unos días.
ciclistas urbanos
Fuentes del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, (MINVU), precisaron que  que el objetivo de esta modificación es “proveer mayor capacidad de estacionamientos para bicicletas, medio de transporte que está aumentando su prevalencia en Chile y que es del todo necesario apoyar, sin aumentar los costos inmobiliarios que significa destinar mayor superficie”.

estacionamiento bicicletas edificios

Esto se logra, “desincentivando, en cierta medida, el uso del automóvil, pues es posible para el desarrollador del proyecto canjear un estacionamiento de auto por tres de bicicletas”.

La iniciativa se enmarca en los principios de la Política nacional de Desarrollo Urbano y se complementa con iniciativas de nivel técnico y operacional como el recientemente publicado manual de Ciclo-inclusión del Minvu y la meta presidencial de construcción de 190 kilómetros de ciclovías de alto estándar en el país.

Principales Modificaciones 

La nueva exigencia, que comenzó cuando entró en vigencia esta modificación, establece que los edificios que se proyecten con una carga superior a 50 personas, deberán considerar como mínimo un estacionamiento para bicicletas por cada dos de autos, estableciendo también un mecanismo proporcional para aumentar estacionamientos para bicicletas descontando estacionamientos para autos.

Otros aspectos que aborda esta modificación tienen que ver, por ejemplo, con que las ciclovías deben emplazarse preferentemente en la calzada y no en la acera y que no se excluyen de ninguna categoría vial, admitiéndose en vías expresas y troncales, con la adecuada segregación para la seguridad de los ciclistas.

 

 

 

 

 

 

 

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